*El diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado
Chilpancingo de los Bravo, Gro., 26 de Marzo de 2020.- El diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Guerrero con el propósito aumentar las penas de 2 a 5 años de prisión y hasta 300 días multa a quien prive de la libertad personal a otra persona, sin el propósito de obtener un lucro o causarle un daño o perjuicio.
Plantea que si la privación de la libertad excede de tres horas, la pena de prisión se incrementará un mes más por cada hora que siga a la primera en que se comete la privación.
El legislador de Morena refirió que en el numeral 191 del citado ordenamiento legal, en su fracción I señala como agravante que si la privación de la libertad excede de 24 horas, la pena aumentará un mes de sanción por cada día que se lleve a cabo dicha privación, lo cual considera “ilógico”, porque significa demasiada “tolerancia” a un delincuente que priva de su libertad a las personas.
Mencionó que, además, resulta ilógico que en el ordenamiento legal se menciona que si la persona se arrepiente y deja en libertad voluntaria a las personas dentro de las 12 horas siguientes a que se llevó a cabo el ilícito, las penas disminuirán a la mitad.
El promovente de la reforma consideró que esto representa mucho tiempo, pues se está privando a un ser humano de un derecho fundamental como la libertad, por lo cual debe reducirse a dos horas el tiempo máximo para ese arrepentimiento.
REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO
En lo que respecta a la reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, Cruz López plantea la necesidad de que los asuntos turnados por la Mesa Directiva a comisiones sean desahogados con mayor agilidad, estableciendo plazos y pasos a seguir, para abatir el rezago legislativo.
Expuso que actualmente, en el procedimiento de dictaminación de las iniciativas, existen deficiencias respecto a los plazos y etapas por donde las iniciativas y propuestas deben transitar, debido a que hay lagunas que no permiten identificar el plazo máximo para su dictaminación y turno ante el Pleno.
El diputado propone que una vez aprobado en comisiones el dictamen, independientemente del sentido en que se emita, se remitirá dentro del plazo de 48 horas al presidente de la Mesa Directiva para su inscripción en el Proyecto de Orden del Día, para su debate y votación en el Pleno.
También plantea que una vez que el Congreso local aprueba una Ley o Decreto, se registrará en su Libro de Leyes y dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles la turnará al Ejecutivo y al encargado de la Gaceta Parlamentaria para los efectos legales procedentes.
Ambas iniciativas fueron turnadas a las Comisiones Ordinarias de Justicia y de Estudios Constitucionales y Jurídicos del Congreso del Estado, para su análisis y emisión del dictamen respectivo.