*Anuncian diversas reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado
Chilpancingo de los Bravo, Gro., 01 de Junio de 2020.- La LXII Legislatura local aprobó diversas reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, para garantizar la integración igualitaria de hombres y mujeres en el Congreso del Estado y los ayuntamientos; el derecho a postularse sin exigir separación del cargo; no estar inhabilitado para ocupar un cargo público, y para prorrogar la elección del diputado migrante o binacional.
En el dictamen de la Comisión de Justicia fundamentado ante el Pleno por el diputado Omar Jalil Flores Majul, se señala que estas reformas tienen como objeto armonizar la legislación secundaria con los ordenamientos federales, así como mejorar y perfeccionar la democracia representativa, con una mayor apertura ciudadana.
Con lo anterior se establece que en la postulación de candidaturas a diputados y miembros del Cabildo, los partidos políticos no podrán otorgar al género femenino aquellas donde hayan obtenido un menor número de votos en la elección inmediata anterior.
En cuanto a la flexibilización de requisitos de elegibilidad, la modificación consiste en otorgar el derecho de postularse sin necesidad de separarse del cargo a aquellos servidores públicos que no tengan funciones de dirección, fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la ejecución de programas gubernamentales.
También se establecen principios de neutralidad en el uso de recursos públicos de aquellos representantes populares con derecho a reelección; es decir, la permanencia en el cargo no implica en automático una inobservancia de las reglas aplicables que resulte inequidad en la contienda electoral.
Además, atendiendo la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que pidió al Congreso local considerar dentro de la normatividad el establecimiento de requisitos mínimos de honorabilidad, capacidad, origen de los recursos y experiencia política, se establece la exigencia de no estar inhabilitado para ocupar un cargo público por resolución ejecutoriada emitida por autoridad competente.
Asimismo, como un impulso a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de los jóvenes, se establece la obligación de los partidos políticos para que destinen un cinco por ciento de su financiamiento público ordinario en dichas actividades.
Con estas modificaciones también se busca dotar de plenitud de derechos a los jóvenes de 25 años, al permitírseles ser electos para el cargo de consejeros distritales.
Y por último, se contempla prorrogar la elección del diputado migrante o binacional hasta el año 2024, con el objetivo de que se lleve a cabo la armonización de la norma secundaría respecto a la elección de manera directa.
Estas reformas derivan de iniciativas presentadas por las y los diputados Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros, Leticia Mosso Hernández, Norma Otilia Hernández Martínez, Mariana Itallitzin García Guillén, Marco Antonio Cabada Arias, Celeste Mora Eguiluz, Arturo López Sugía, Samantha Arroyo Salgado, Heriberto Huicochea Vázquez; los Grupos Parlamentarios del PRI y PRD; las Representaciones Parlamentarias de los Partidos Políticos PVEM, PAN, MC y PT, así como la Junta de Coordinación Política.