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EL TRIBUNAL UNIVERSITARIO PROTEGE A ACOSADORES SEXUALES?

  • Por Diario Objetivo
  • 28/03/2023
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Tumbando caña | por: Juan Antelmo García Castro

¿EL TRIBUNAL UNIVERSITARIO PROTEGE A ACOSADORES SEXUALES?

En la sesión del Consejo Universitario, realizada el pasado 21 de marzo, el Tribunal de la Universidad Autónoma de Guerrero (UAGro), que preside Isaías Sánchez Nájera, presentó las resoluciones relacionadas con dos juicios para resolver controversias entre integrantes de la comunidad universitaria…La primera resolución, dictada en el Expediente: UAGro/TU/JRCU/01/2022, Denunciantes: Heidi, Jennifer y Dulce, Denunciado: Erick, profesor interino de la Prepa 36, por violencia de género a estudiantes en su Modalidad de Hostigamiento y Acoso Sexual, con violación a los principios rectores de respeto a la integridad, dignidad y protección a los derechos humanos y universitarios; cuyos puntos resolutivos son de tenor siguiente: Primero.- Es procedente la demanda interpuesta por parte de Heidi, Jennifer y Dulce en contra de Erick, por haber incurrido en actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en su agravio; Segundo,- Erick, es plenamente responsable en la comisión de actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en agravio de Heidi, Jennifer y Dulce; TERCERO.- En consecuencia, por la comisión de actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en agravio de Heidi, Jennifer y Dulce, se sanciona a Erick, con la expulsión definitiva de la Universidad Autónoma de Guerrero; y consecuentemente, de la Unidad Académica Preparatoria Número 36, con sede en Zumpango, Municipio de Eduardo Neri, Guerrero…La segunda resolución es con base al expediente número AGro/TU/JRCU/03/2022, relativo al juicio interpuesto por Katia, en su calidad de Becaria del Museo de Arte Contemporáneo de la Universidad Autónoma de Guerrero, en contra de Fortunato, por incurrir en actos de violencia de género en su Modalidad de Hostigamiento y Acoso Sexual, con violación a los principios rectores de respeto a la integridad, dignidad y protección a los derechos humanos y universitarios; cuyos puntos resolutivos son de tenor siguiente: Primero. – Es procedente la demanda interpuesta por parte de Katia en contra de Fortunato, por haber incurrido en actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en su agravio, mismos que quedaron plenamente acreditados, y que se encuentran previstos en el artículo 203 fracción XI, del Estatuto General de la Universidad Autónoma de Guerrero, y el Código de Ética, Integridad y Conducta de los Servidores Públicos Universitarios; Segundo.- Fortunato, es plenamente responsable en la comisión de actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en agravio de Katia; Tercero.- En consecuencia, por la comisión de actos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual cometidos en agravio de Katia, se sanciona a Fortunato, con Amonestación y disculpa pública ofrecida a favor de la denunciante. Asimismo, se conmina al denunciado, a no volver a incurrir en actos de esta naturaleza en contra de algún miembro de la comunidad universitaria; en caso contrario, será considerado como reincidente. En el Quinto punto, el Tribunal Universitario pide notificar “personalmente a las partes la presente resolución y en su momento oportuno, archívese el presente como asunto total y definitivamente concluido”…Es decir, son dos repudiables casos de Violencia de Género en su modalidad de hostigamiento y acoso sexual, con responsabilidad de ambos denunciados plenamente comprobada por tan ejemplar Tribunal, pero, a uno de ellos (Erick) decide implacablemente expulsarlo, en tanto que a Fortunato solamente se le amonesta por su “hazaña” y lo obligan a pedir disculpa pública a la víctima y no pasó nada…Así de honorable el Tribunal Universitario.

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