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Las familias de personas en prisión preventiva, también son sujetos de un encierro.

  • Por Diario Objetivo
  • 24/10/2018
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Juan de Asbaje

El considerar que las personas sujetas a prisión preventiva son las únicas sometidas a un encierro, sería una visión bastante reduccionista. No podemos dejar a un lado, el insoslayable hecho, de que si bien es cierto, que es ingentemente difícil el vivir el momento coyuntural en la existencia de una persona, como lo es la privación de su libertad, también lo es, que para su entorno familiar, dicho infortunio sea probablemente mucho más duro de procesar.

Me refiero a esas personas que sin haber cometido ninguna conducta que la ley prevea como delito, se encuentran todo el tiempo en los penales, cuál si fueran reos. Están allí todo el tiempo preguntando: ¿Qué vamos a hacer? ¿Cómo podemos mejorar las condiciones de mi familiar? ¿Cómo podemos conseguir su libertad?

En el caso de que sea un padre de familia la persona sujeta a prisión preventiva, su cónyuge se verá ante una situación bastante lastimosa, pues de un momento  a otro, dejará de percibir un ingreso que ya se tenía contemplado en el presupuesto familiar. Ahora, no solamente tendrá que seguir sosteniendo ella sola a su familia, sino que además tendrá que otorgar gran parte del dinero obtenido para otorgárselo al familiar preso. Los penales son los hoteles más caros en México.

Las condiciones en las que el detenido vive, muy probablemente sean paupérrimas y para darle algo de dignidad a ese familiar, una parte del patrimonio tendrá que ser destinado a colaborar de alguna manera con el imputado. (Aunado al hecho de que su familiar, muy probablemente esté siendo víctima de diversas extorsiones, tanto de reos, como de custodios)

Situaciones lamentables, que absolutamente no tendrían que existir en nuestro sistema penitenciario. La prisión preventiva en México no debería ser una regla, sino una excepción, esto si nos consideramos dentro de un sistema republicano y democrático de procesamiento penal. Es claro que la reforma constitucional del sistema de procesamiento penal en México tuvo como finalidad la instauración de un sistema de procesamiento acusatorio y adversarial, y la figura de la prisión oficiosa es contraria al sistema acusatorio. Pero los Jueces de Control, (salvo sus muy honrosas excepciones) fieles al sistema Inquisitivo del que siempre fueron operadores, en la medida de lo posible siguen privando de su libertad a cuanta persona les consignen, quitándole de tal suerte la libertad no sólo al imputado, sino a toda a su familia.

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